Inmigración basada en el empleo: Segunda preferencia EB-2

Puede optar a una segunda preferencia basada en el empleo visado si es usted un miembro de las profesiones titulares de un título superior o su equivalente, o un extranjero que posea una capacidad excepcional. A continuación se indican las categorías profesionales y los requisitos:

Grado avanzado

  • El trabajo que solicite debe requerir una titulación superior y usted debe poseer dicha titulación o su equivalente (un título de bachillerato más 5 años de experiencia laboral progresiva en el campo).
  • Documentación, como un expediente académico oficial que demuestre que tienes un título superior estadounidense o un título extranjero equivalente, o un expediente académico oficial que demuestre que tienes un título de bachillerato estadounidense o un título extranjero equivalente y cartas de empleadores actuales o anteriores que demuestren que tienes al menos 5 años de experiencia laboral progresiva posterior al bachillerato en la especialidad.

Capacidades excepcionales

  • Debe poder demostrar una capacidad excepcional en las ciencias, las artes o los negocios. Capacidad excepcional "significa un grado de experiencia significativamente superior al habitual en las ciencias, las artes o los negocios".
  • Debe cumplir al menos tres de los siguientes criterios*.

Exención de interés nacional

  • Los extranjeros que solicitan una exención por interés nacional piden que se les exima de la certificación laboral porque es en interés de los Estados Unidos. Aunque los puestos de trabajo que reúnen los requisitos para una exención por interés nacional no están definidos por la ley, las exenciones por interés nacional suelen concederse a quienes tienen una capacidad excepcional (véase más arriba) y cuyo empleo en los Estados Unidos beneficiaría enormemente a la nación. Las personas que buscan una exención por interés nacional pueden solicitarla por sí mismas (no necesitan que un empleador las patrocine) y pueden presentar su certificación laboral directamente ante el USCIS junto con su Formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero.
  • Debe cumplir al menos tres de los criterios que figuran a continuación* y demostrar que es de interés nacional que trabaje permanentemente en Estados Unidos.

Criterios

  • Expediente académico oficial que demuestre que tienes un título, diploma, certificado o premio similar de un colegio, universidad, escuela u otra institución de aprendizaje relacionada con tu área de capacidad excepcional
  • Cartas que documenten al menos 10 años de experiencia a tiempo completo en su ocupación
  • Una licencia para ejercer su profesión o una certificación para su profesión u ocupación
  • Pruebas de que ha percibido un salario u otra remuneración por los servicios prestados que demuestran su capacidad excepcional
  • Pertenencia a una asociación profesional
  • Reconocimiento por sus logros y contribuciones significativas a su industria o campo por parte de sus pares, entidades gubernamentales, organizaciones profesionales o empresariales
  • También se aceptan otras pruebas comparables de elegibilidad.

Nota: Por lo general, las peticiones de segunda preferencia basadas en el empleo deben ir acompañadas de una certificación laboral individual aprobada por el Departamento de Trabajo en el formulario ETA-9089. Consulte la página web del Departamento de Trabajo "Certificación de trabajadores extranjeros"para más información.

Para obtener un visado EB-2, su empleador debe presentar el formulario I-140, Petición de trabajador extranjero.

Familia de los titulares de visados EB-2

  • Su cónyuge y sus hijos menores de 21 años pueden ser admitidos en Estados Unidos con el estatus de inmigrante E-21 y E-22, respectivamente. Durante el proceso en el que usted y su cónyuge solicitan el estatus de residente permanente (estatus de titular de tarjeta verde), su cónyuge puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD).

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