Visado B-1 y B-2 para visitantes temporales de negocios

Usted puede ser elegible para un negocio B-1 visado si va a participar en actividades empresariales de carácter comercial o profesional en Estados Unidos, incluidas, entre otras, las siguientes

  • Consulta a los socios comerciales
  • Viajar para asistir a una convención científica, educativa, profesional o de negocios, o a una conferencia en fechas específicas
  • Liquidación de la herencia
  • Negociar un contrato
  • Participar en la formación a corto plazo
  • Tránsito por Estados Unidos: algunas personas pueden transitar por Estados Unidos con un visado B-1
  • Tripulación muerta: algunos tripulantes aéreos pueden entrar en Estados Unidos como tripulación muerta con un visado B-1

 

Criterios de elegibilidad

Para poder obtener un visado B-1 debe demostrar lo siguiente

  • El propósito de su viaje es entrar en los Estados Unidos por negocios de naturaleza legítima
  • Tiene previsto quedarse durante un periodo de tiempo limitado
  • Dispones de fondos para cubrir los gastos del viaje y tu estancia en Estados Unidos
  • Tiene una residencia fuera de Estados Unidos que no tiene intención de abandonar, así como otros lazos vinculantes que aseguren su regreso al extranjero al final de la visita
  • Por lo demás, es usted admisible en Estados Unidos

 

Instrucciones especiales para visitantes de negocios B-1/B-2 que deseen matricularse en una escuela

¿Está permitido matricularse en la escuela mientras se tiene el estatus B-1/B-2?

  • No, no lo es. La normativa, en 8 CFR 214.2(b)(7)prohíben específicamente cursar estudios en Estados Unidos mientras se goza del estatuto B-1 o B-2.
  • Antes de matricularse en un curso de estudios, las personas con estatus B-1 o B-2 deben adquirir primero el estatus F-1 (estudiante académico) o M-1 (estudiante de formación profesional). La inscripción en un curso de estudios mientras se está en estatus B-1/B-2 dará lugar a una violación del estatus. Las personas con estatus B-1 o B-2 que hayan violado su estatus de no inmigrante al matricularse en un curso de estudios, no podrán prorrogar su estatus B o cambio a estatus F-1 o M-1. Esta normativa no prevé excepciones.

 

¿Cómo puedo obtener el estatus F-1 o M-1?

Si tiene actualmente el estatuto de no inmigrante B-1 o B-2 y desea matricularse en un curso de estudios,puede solicitarlo a cambio a F-1 o M-1 la condición de estudiante si:

  • Todavía no te has matriculado en las clases;
  • Su estatus actual no ha expirado; y
  • No ha trabajado en Estados Unidos sin autorización de empleo.
  • Para cambiar su estatus de no inmigrante de B-1 o B-2 a F-1 o M-1, debe presentar un formulario I-539
  • Debe mantener su estatus B-1 o B-2 mientras su Formulario I-539 esté pendiente. Tendrá que presentar un segundo Formulario I-539, con una tasa aparte, para solicitar una prórroga de su estatus B-1 o B-2 si:
  • Su estatus actual expirará más de 30 días antes de la fecha de inicio del programa F-1 o M-1. Si su estatus expirará más de 30 días antes de la fecha de inicio de su programa F-1 o M-1, debe presentar un segundo Formulario I-539 solicitando la extensión de su estatus B-1 o B-2.
  • La fecha de inicio de su programa F-1 o M-1 se aplaza hasta el siguiente trimestre o semestre académico porque no se ha tomado una decisión sobre su solicitud de cambio de estatus mediante el Formulario I-539 antes de la fecha de inicio del programa F-1 prevista originalmente. Deberá presentar un segundo Formulario I-539 para salvar el lapso de tiempo entre la expiración de su estatus actual y el período de 30 días antes de la fecha de inicio de su nuevo programa F-1
  • Si se inscribe en un curso de estudios antes de que se apruebe la solicitud, no podrá cambiar su estatus de no inmigrante de B 1/B-2 a F-1 o M-1.

Si no tiene derecho a cambiar su estatus

  • Si no puede cambiar su estatus de no inmigrante a F-1 o M-1 mientras se encuentra en Estados Unidos, puede solicitar un visado F-1 o M-1 en un consulado estadounidense.

 

Si tiene alguna pregunta sobre esta petición de visado, por favor llame a la oficina para concertar una valiosa consulta con nuestro Abogado de Inmigración.