Visado O-1 para personas con capacidades o logros extraordinarios

El visado de no inmigrante O-1, o abreviado: visado O-1, está destinado a las personas que posean aptitudes extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, o que tengan un historial demostrado de logros extraordinarios en la industria cinematográfica o televisiva y hayan sido reconocidos nacional o internacionalmente por dichos logros.

La clasificación de no inmigrante O se conoce comúnmente como:

  • O-1A: personas con una capacidad extraordinaria en el ámbito de las ciencias, la educación, los negocios o el deporte (sin incluir las artes, el cine o la televisión)
  • O-1B: personas con una capacidad extraordinaria en las artes o logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión
  • O-2: personas que acompañarán a un O-1, artista o deportista, para asistir a un evento o actuación específica. Para un O-1A, la asistencia del O-2 debe ser una "parte integral" de la actividad del O-1A. Para un O-1B, la asistencia del O-2 debe ser "esencial" para la realización de la producción del O-1B. El trabajador O-2 tiene habilidades críticas y experiencia con el O-1 que no pueden ser fácilmente realizadas por un trabajador estadounidense y que son esenciales para el desempeño exitoso del O-1
  • O-3: personas que son cónyuges o hijos de O-1 y O-2

 

Criterios generales de elegibilidad

Para poder optar a un visado O-1, el beneficiario debe demostrar su capacidad extraordinaria mediante una aclamación nacional o internacional sostenida y debe venir temporalmente a Estados Unidos para seguir trabajando en el ámbito de su capacidad extraordinaria.

La capacidad extraordinaria en los campos de la ciencia, la educación, los negocios o el deporte significa un nivel de experiencia que indica que la persona es uno de los pequeños porcentajes que ha llegado a la cima del campo de esfuerzo.

Capacidad extraordinaria en el campo de las artes significa distinción. Distinción significa un alto nivel de logros en el campo de las artes, evidenciado por un grado de habilidad y reconocimiento sustancialmente superior al ordinario, hasta el punto de que una persona descrita como prominente es renombrada, líder o conocida en el campo de las artes.

Para obtener un visado O-1 en la industria del cine o la televisión, el beneficiario debe demostrar logros extraordinarios evidenciados por un grado de destreza y reconocimiento significativamente superior al habitual hasta el punto de que la persona sea reconocida como sobresaliente, notable o líder en el campo del cine y/o la televisión.

Proceso de solicitud del visado O-1

El peticionario debe presentar el formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, en la oficina del USCIS indicada en las instrucciones del formulario. La petición no puede ser presentada más de un año antes de la necesidad real de los servicios del extranjero. Para evitar retrasos, el formulario I-129 debe presentarse al menos 45 días antes de la fecha de empleo.

El peticionario debe presentar el formulario I-129, Petición de trabajador no inmigrante, y las siguientes pruebas documentales:

  • Consulta
  • Una opinión consultiva por escrito de un grupo de colegas (incluyendo organizaciones laborales) o una persona con experiencia en el área de habilidad del beneficiario. Si la petición O-1 es para una persona con logros extraordinarios en el cine o la televisión, la consulta debe provenir de un sindicato apropiado y una organización de gestión con experiencia en el área de habilidad del beneficiario.
  • Cuando una consulta incluye una marca de agua u otras marcas distintivas para confirmar la autenticidad del documento, los peticionarios deben presentar a USCIS la versión que contiene la marca de agua u otras marcas distintivas. Las copias de los documentos que no contengan la marca de agua u otras marcas distintivas adecuadas pueden suscitar dudas sobre la autenticidad del documento y dar lugar a retrasos en la tramitación. Por ejemplo, USCIS puede solicitar que el peticionario presente la versión original del documento. Para evitar retrasos en la tramitación, los solicitantes deben asegurarse de presentar la versión adecuada y de que cualquier marca de agua u otras marcas distintivas asociadas sean legibles.

 

Excepciones a la obligación de consulta

  • Si el peticionario puede demostrar que no existe un grupo paritario adecuado, incluida una organización laboral, la decisión se basará en las pruebas del expediente.
  • Se puede prescindir de la consulta para un extranjero con capacidad extraordinaria en el campo de las artes si el extranjero solicita la readmisión para realizar servicios similares dentro de los 2 años siguientes a la fecha de una consulta anterior. Los solicitantes deben presentar una solicitud de exención y una copia de la consulta anterior con la petición.

 

Contrato entre el peticionario y el beneficiario

Una copia de cualquier contrato escrito entre el peticionario y el beneficiario o un resumen de los términos del acuerdo verbal en virtud del cual se empleará al beneficiario.

NOTA: USCIS aceptará un contrato verbal, como prueba de la suma de los elementos del acuerdo verbal. Dichas pruebas pueden incluir, entre otras: correos electrónicos entre las partes contractuales, un resumen escrito de los términos del acuerdo o cualquier otra prueba que demuestre que se creó un acuerdo verbal.

El resumen de los términos del acuerdo verbal debe contener:

  • lo ofrecido por el empleador
  • lo que fue aceptado por el empleado
  • El resumen no tiene que estar firmado por ambas partes para establecer el acuerdo verbal. Sin embargo, debe documentar los términos del empleo ofrecido y que el beneficiario ha aceptado la oferta.
  • Itinerarios
  • Una explicación de la naturaleza de los eventos o actividades, las fechas de inicio y finalización de los eventos o actividades, y una copia de cualquier itinerario de los eventos o actividades, si procede.El peticionario debe establecer que hay eventos o actividades en el ámbito de la capacidad extraordinaria del beneficiario para el período de validez solicitado, por ejemplo, un itinerario para una gira o una serie de eventos.

 

Agentes

Un agente estadounidense puede ser el empleador real del beneficiario, el representante tanto del empleador como del beneficiario, o una persona o entidad autorizada por el empleador para actuar en su lugar como agente.

Agente de múltiples empleadores

Tenga en cuenta que un peticionario que vaya a presentar una solicitud como agente de varios empleadores debe demostrar que está debidamente autorizado para actuar como agente de los demás empleadores.

Además, los agentes que presenten peticiones I-129 para múltiples empleadores deben incluir con la petición:

  • Documentación justificativa que incluya un itinerario completo del evento o eventos en el que se especifiquen las fechas de cada servicio o compromiso, los nombres y direcciones de los empleadores reales y los nombres y direcciones de los establecimientos, locales o ubicaciones donde se prestarán los servicios
  • Contratos entre los empleadores reales y el beneficiario; y
  • Una explicación de los términos y condiciones del empleo con la documentación requerida.

 

Una vez que la petición de visado es aprobada por el USCIS, el beneficiario puede solicitar el visado en una embajada o consulado estadounidense.

Agente que ejerce la función de empleador

Un I-129 presentado por un agente que desempeña la función de empleador debe incluir:

  • Es el acuerdo contractual entre el agente y el beneficiario que especifica el salario ofrecido y las demás condiciones de empleo. Puede ser un resumen de los términos del acuerdo verbal o un contrato escrito. No se requiere un contrato entre el beneficiario y las entidades que finalmente utilizarán los servicios del beneficiario.
  • Una petición que requiera que el extranjero trabaje en más de un lugar debe incluir un itinerario con las fechas y lugares de trabajo. No hay excepciones al requisito del itinerario cuando la petición es presentada por un agente que desempeña la función de empleador. Sin embargo, el USCIS ofrece cierta flexibilidad en cuanto al grado de detalle del itinerario y tiene en cuenta las normas del sector a la hora de determinar si se cumple el requisito del itinerario. Por lo tanto, el itinerario debe indicar, como mínimo, el tipo de trabajo que realizará el beneficiario, dónde y cuándo tendrá lugar dicho trabajo.
  • Tenga en cuenta que el USCIS se basa en el acuerdo contractual que debe proporcionarse con la petición para determinar si el agente funciona como empleador del beneficiario. El acuerdo contractual debe establecer el tipo de relación laboral entre el agente y el beneficiario y debe exponer claramente cómo se pagará al beneficiario. En conjunto, si los términos y condiciones de empleo muestran un nivel de control sobre el trabajo del beneficiario que se cede al agente, entonces el agente puede establecer que está desempeñando la función de un empleador. Esta determinación se hará caso por caso y se basará en el acuerdo contractual, ya sea escrito o verbal.
  • La petición debe presentarse con pruebas relativas al salario ofrecido. Sin embargo, la normativa no contiene un requisito de salario predominante. Además, no se exige una estructura salarial concreta. Una descripción detallada del salario ofrecido o de la estructura de los honorarios y que el salario ofrecido/la estructura de los honorarios se acordó puede satisfacer este requisito

 

Agente de los empresarios extranjeros

Los agentes que presenten peticiones I-129 para empleadores extranjeros deben presentar las pruebas documentales generales mínimas requeridas para todas las peticiones O-1, que incluyen:

  • Copias de cualquier contrato escrito entre el empleador extranjero y el beneficiario o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual el beneficiario será empleado
  • Una explicación de la naturaleza de los eventos o actividades, las fechas de inicio y finalización de los eventos o actividades, y una copia de cualquier itinerario de los eventos o actividades
  • Un dictamen consultivo por escrito de la entidad o entidades consultoras correspondientes.
  • Los reglamentos no exigen ningún requisito documental adicional para un agente que presente la solicitud en nombre de un empleador extranjero, sin embargo, es el empleador extranjero quien es responsable de cumplir con todas las disposiciones aplicables a las sanciones del empleador.

 

Criterios probatorios para el O-1A

Prueba de que el beneficiario ha recibido un premio importante, reconocido internacionalmente, como un Premio Nobel, o prueba de al menos (3) tres de los siguientes:

  • Recepción de premios o reconocimientos nacionales o internacionales por la excelencia en el campo de la actividad
  • Pertenencia a asociaciones del ámbito para el que se solicita la clasificación que requieran logros sobresalientes, a juicio de reconocidos expertos nacionales o internacionales en la materia
  • Material publicado en publicaciones profesionales o comerciales importantes, periódicos u otros medios de comunicación importantes sobre el beneficiario y su trabajo en el ámbito para el que se solicita la clasificación
  • Contribuciones originales de carácter científico, académico o empresarial de gran importancia en el campo
  • Autoría de artículos académicos en revistas profesionales u otros medios importantes en el campo para el que se solicita la clasificación
  • Un salario elevado u otra remuneración por los servicios prestados, como demuestran los contratos u otras pruebas fiables
  • Participación en un panel, o individualmente, como juez del trabajo de otros en el mismo o en un campo de especialización aliado al campo para el que se solicita la clasificación
  • Empleo en una capacidad crítica o esencial para organizaciones y establecimientos que tienen una reputación distinguida
  • Si los criterios anteriores no se aplican fácilmente a la ocupación del beneficiario, el peticionario puede presentar pruebas comparables para establecer la elegibilidad del beneficiario.

 

Criterios probatorios para la O-1B

Pruebas de que el beneficiario ha recibido o ha sido nominado a importantes premios o galardones nacionales o internacionales en el ámbito concreto, como un premio de la Academia, un Emmy, un Grammy o un premio del gremio de directores, o pruebas de al menos (3) tres de los siguientes:

  • Ha prestado y prestará servicios como participante principal o protagonista en producciones o eventos que gozan de una reputación distinguida, como demuestran las críticas, los anuncios, los comunicados de prensa, las publicaciones, los contratos o los avales.
  • Haber obtenido un reconocimiento nacional o internacional por sus logros, como demuestran las reseñas críticas u otros materiales publicados por el beneficiario o sobre él en los principales periódicos, revistas especializadas o de otro tipo.
  • Ha desempeñado y desempeñará un papel principal, protagonista o crítico en organizaciones y establecimientos que gozan de una reputación distinguida, como demuestran los artículos en periódicos, revistas especializadas, publicaciones o testimonios.
  • Un historial de éxitos comerciales importantes o aclamados por la crítica, como demuestran indicadores tales como el título, la calificación o la posición en el campo, la recaudación de taquilla, los índices de audiencia de cine o televisión y otros logros profesionales que aparecen en las revistas comerciales, los principales periódicos u otras publicaciones
  • Haber recibido un reconocimiento significativo por sus logros por parte de organizaciones, críticos, agencias gubernamentales u otros expertos reconocidos en el campo en el que el beneficiario participa, con los testimonios indicando claramente la autoridad del autor, la experiencia y el conocimiento de los logros del beneficiario
  • Un salario elevado u otra remuneración sustancial por los servicios prestados en relación con otros en el ámbito, como demuestran los contratos u otras pruebas fiables

 

Si las normas anteriores no se aplican fácilmente a la ocupación del beneficiario en el ámbito de las artes, el peticionario puede presentar pruebas comparables para establecer su elegibilidad (esta excepción no se aplica a la industria cinematográfica o televisiva).

Proceso de solicitud del visado O-2

El peticionario debe presentar una petición al USCIS para el visado O-2. El peticionario debe presentar el formulario I-129, Petición de trabajador no inmigrante. Un extranjero O-2 debe ser solicitado en conjunto con los servicios del extranjero O-1 artístico o atlético. El peticionario no puede presentar el Formulario I-129 más de un año antes de que el no inmigrante O comience a trabajar. Para evitar retrasos, el Formulario I-129 debe presentarse al menos 45 días antes de la fecha de empleo.

El peticionario debe presentar el formulario I-129, Petición de trabajador no inmigrante, y las siguientes pruebas documentales:

Consulta

  • Si la petición O-2 es para apoyar a una persona con habilidades extraordinarias en el deporte o las artes, la consulta debe ser de la organización laboral apropiada; o
  • Si la petición O-2 es para apoyar a una persona con logros extraordinarios en el cine o la televisión, la consulta debe provenir de una organización laboral apropiada y una organización de gestión con experiencia en el área de habilidades involucradas.

 

Si el peticionario puede demostrar que no existe un grupo paritario adecuado, incluida una organización laboral, la decisión se basará en las pruebas del expediente.

Como no inmigrante O, el beneficiario puede ser admitido en los Estados Unidos durante el período de validez de la petición, más un período de hasta 10 días antes de que comience el período de validez y 10 días después de que termine el período de validez. El beneficiario sólo podrá ejercer un empleo autorizado durante el período de validez de la petición.

Si tiene alguna pregunta sobre esta petición de visado, puede dirigirse a llame a la oficina para concertar una valiosa consulta con nuestro Abogado de Inmigración.